1) EL PRINCIPIO
DEL TERCERO EXCLUIDO
Este principio declara que todo tiene
que ser o no ser "A es B" o "A no es B".
Si decimos, por ejemplo, que "el perro es un
mamífero" y que "el perro no es mamífero", no podemos rechazar
estas dos proposiciones como falsas, pues no hay una tercera posibilidad.
En el principio de tercero excluido es
preciso reconocer que una alternativa es falsa y otra verdadera y que no cabría
una tercera posibilidad.
Es la ya nombrada lógica del opuesto: si
p es V, entonces Es la ya nombrada lógica del opuesto: si p es V, entonces ¬p
es F. Se llama “ley del tercio excluido” porque un elemento p puede tener tres
posibilidades: V, F o ?. Si es V, no puede ser F; si es F, no puede ser V; de
manera que excluimos un tercio de posibilidades: p es F. Se llama “ley del
tercio excluido” porque un elemento p puede tener tres posibilidades: V, F o ?.
Si es V, no puede ser F; si es F, no puede ser V; de manera que excluimos un
tercio de posibilidad:
p V ¬p
2) LEY DE LA
CONTRADICCIÓN
Por extensión del anterior, podemos afirmar que
no puede ocurrir a la vez que p sea V y F:
¬(p ᴧ¬p)
3) LEY DE LA NEGACIÓN
NEGADA (O NEGACIÓN DOBLE)
Es muy usado en el lenguaje cotidiano; responde
al ya nombrado principio de “la negación de la negación es la afirmación”:
¬(¬p)<-->p
4) LEY DUAL DE DE
MORGAN
La
Primera Ley de De Morgan afirma que negamos el conjunto de elementos p, q,…
relacionados por el conjuntor ( ) si y sólo si se cumple ¬p o ¬q
¬(p ᴧ q) <--> ¬p V¬q
La Segunda Ley de De Morgan afirma que negamos el conjunto
de elementos p, q,… relacionados por el disyuntor lógico (V) si y sólo si p y q
son negados:
¬(p
V q) ¬p ᴧ ¬ q
5) LEYES DEL MODUS
Las llamadas leyes del modus
son bastante sencillas. A continuación se detallan:
1.
Ley del modus ponens:
Afirma
que si se verifican p y p à q ,
se puede deducir q. Por ello, también se denomina Ley de Separación:
(p -> q) ᴧ p ->
q
2.
Ley del modus tollens:
Por extensión de la Ley de Separación, podemos
caer en cuenta de que si se verifican ¬q y p à q , se puede deducir ¬p:
(p -> q) ᴧ ¬p ->
¬q
3.
Ley del modus barbara:
En realidad esta ley es una regla de
inferencia (permite pasar de enunciados V a nuevos enunciados V) en cadena, ya
que sostiene que si se verifican p à q y q
à r ,
entonces
(p -> q) ᴧ (q ->
r) à (p -> r)
6) PRIMERA
Y SEGUNDA LEY DISTRIBUTIVA
1.
Primera Ley distributiva: Afirma la siguiente obviedad:
P ᴧ (q V r) <--> (p ᴧ q) V (p ᴧ r)
“Si
como y (almuerzo o ceno); entonces bien (como y almuerzo) o bien (como y
ceno)”.
2.
Segunda Ley distributiva: Por extensión de la Primera Ley distributiva,
deducimos que
P V (q ᴧ r) <--> (p V q) ᴧ (p V r)
“Si
como o almuerzo y ceno, entonces como o almuerzo y como o ceno”.
7)
LEYES DE IDEMPOTENCIA
1. Ley
de Idempotencia Conjuntiva:
Sea el elemento p y el operador ᴧ;
se llama Ley de Idempotencia conjuntiva a la expresión
P ᴧ p <--> p
“Si me
voy a comprar y me voy a comprar; me voy a comprar” (Nótese que esta ley lógica
es de uso cotidiano en nuestras vidas: si le preguntan que ha hecho hoy y ha
hecho poco, tenderá a repetir elementos –he ido a por el pan, a la peluquería,
a clase, me he leido un libro, he ido a comprar pan para comer…– si bien con
que se diga una vez basta, como afirma esta ley).
2. Ley
de Idempotencia Disyuntiva
Sea el elemento p y el operador V ; se llama
Ley de Idempotencia Disyuntiva a la tautología:
p V p <--> p
“O
estudia o estudia” es lo mismo que decir “estudia”.
Estas
dos leyes afirman q:
P ᴧ p <--> p V p
8)
LEYES DE ABSORCIÓN
1. Ley de Absorción Conjuntodisyuntiva:
Sean los elementos p y q; se cumple
P ᴧ (p V q) <--> p
2. Ley
de Absorción Disyuntoconjuntiva:
Sean los elementos p y q ; se verifica
P V (p ᴧ q) <--> p
De la
unificación de ambas leyes, alcanzamos la Ley de Absorción Generalizada:
P ᴧ (p V q) <--> p V ( p ᴧ q)
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